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Deuda · 9 min lectura

Cuánto pueden embargar de tu nómina en 2026 (con tabla)

La escala legal del embargo de salario por tramos del Salario Mínimo (artículo 607 LEC), con tabla y ejemplos. Qué es inembargable, la protección en cuenta y cómo frenar los embargos.

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Equipo Reclamea
Publicado el 10 de junio de 2026

"¿Me van a dejar sin sueldo?" es una de las primeras preguntas cuando una deuda llega a juicio. La respuesta corta es no: la ley protege un mínimo de tus ingresos pase lo que pase. Lo que sí pueden embargar es un porcentaje de lo que ganes por encima de ese mínimo, y se calcula por tramos. Aquí tienes la escala exacta, con tabla y ejemplos en euros.

La regla básica: el primer SMI es intocable

El artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que el salario, sueldo, pensión o ingreso equivalente que no supere el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es inembargable. El SMI se actualiza cada año; en las cifras de esta guía usamos un SMI de referencia en torno a 1.184 € al mes, pero comprueba el vigente en tu año para ajustar los números.

A partir de ahí, lo que cobres por encima del SMI se embarga por tramos crecientes. No te quitan un porcentaje de todo el sueldo: cada tramo tiene su propio porcentaje, como ocurre con los tramos del IRPF.

La escala de embargo por tramos

Tomando como unidad el SMI mensual, la escala es:

  • Hasta 1 SMI (≈ 1.184 €): 0 % (inembargable).
  • Del SMI a 2 veces el SMI: se embarga el 30 % de ese tramo.
  • De 2 a 3 veces el SMI: 50 %.
  • De 3 a 4 veces el SMI: 60 %.
  • De 4 a 5 veces el SMI: 75 %.
  • Más de 5 veces el SMI: 90 %.

Traducido a euros con el SMI de referencia (1.184 €), los tramos quedan más o menos así: hasta 1.184 € nada; de 1.184 a 2.368 € el 30 %; de 2.368 a 3.552 € el 50 %; de 3.552 a 4.736 € el 60 %; de 4.736 a 5.920 € el 75 %; y por encima de 5.920 € el 90 %.

Ejemplos reales

Nómina neta de 1.800 €:

  • Los primeros 1.184 €: inembargables (0 €).
  • De 1.184 € a 1.800 € hay 616 €, en el primer tramo embargable: 30 % = 184,80 €.
  • Te embargan unos 185 € al mes y conservas 1.615 €.

Nómina neta de 2.500 €:

  • Primeros 1.184 €: 0 €.
  • De 1.184 € a 2.368 € (1.184 €) al 30 % = 355,20 €.
  • De 2.368 € a 2.500 € (132 €) al 50 % = 66 €.
  • Embargo total: unos 421 € al mes; conservas 2.079 €.

Como ves, incluso con sueldos medios el embargo deja siempre la mayor parte del salario. La norma busca que puedas seguir viviendo mientras pagas.

Cargas familiares Si tienes personas a tu cargo, el juez puede rebajar los porcentajes anteriores entre un 10 % y un 15 %. No es automático: hay que alegarlo y acreditarlo en el procedimiento.

¿Y la nómina ingresada en el banco?

Una duda muy común: si te ingresan la nómina en cuenta y el acreedor embarga la cuenta, ¿se salta el mínimo inembargable? No. La protección del salario se mantiene cuando el dinero está en la cuenta: la cantidad que corresponde al SMI sigue siendo inembargable. Si el banco bloquea dinero que es nómina protegida, puedes pedir que se levante el embargo sobre esa parte. No hace falta sacar el dinero en efectivo para protegerlo.

Cuidado con un matiz: la protección reforzada es sobre la nómina del mes. El dinero que se acumula de meses anteriores puede tratarse como saldo ordinario, así que conviene asesorarse si tienes ahorro en la misma cuenta.

Qué pueden embargar además del sueldo

  • Saldos en cuentas (respetando el mínimo inembargable de la nómina).
  • Devoluciones de la declaración de la renta.
  • Vehículos y otros bienes, en fases avanzadas de la ejecución.
  • Pensiones y prestaciones se rigen por la misma escala: el paro o una pensión por debajo del SMI también son inembargables.

El límite te protege, pero no borra la deuda

Aquí está la clave que mucha gente pasa por alto: saber cuánto te pueden embargar evita que te dejen sin lo básico, pero el embargo seguirá mes a mes hasta que la deuda quede saldada, sumando intereses. Si la deuda es grande, puedes pasar años con la nómina mermada. El límite es un suelo de supervivencia, no una solución.

Para que los embargos cesen de verdad hay que resolver la deuda. Tres vías:

  • Prescripción: si la deuda es antigua y no hubo reclamación válida, puede haber prescrito. Ver cuándo prescribe una deuda.
  • Nulidad por abusivo: si el origen es una revolving o un microcrédito usurario, se anula y cae la deuda ilegal.
  • Ley de Segunda Oportunidad: paraliza los embargos durante el procedimiento y los extingue al cancelar las deudas. Es la vía para recuperar la nómina completa cuando la deuda te supera.

Si tienes la nómina embargada y no ves el final, haz el test de viabilidad gratuito: en un minuto sabes si tu caso encaja con la Segunda Oportunidad. Si encaja, un abogado lo revisa sin coste y te dice cómo frenar el embargo.

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Preguntas frecuentes

¿Pueden embargarme toda la nómina?

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No. La ley (artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil) declara inembargable el salario que no supere el Salario Mínimo Interprofesional. Por encima de ese mínimo solo se embarga un porcentaje por tramos, nunca el total. El objetivo de la norma es que siempre te quede lo imprescindible para vivir.

¿El primer SMI es siempre intocable?

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Sí, salvo una excepción: las deudas por pensiones de alimentos a hijos o cónyuge, donde el juez puede fijar otra regla porque prima la protección del menor. Para el resto de deudas (préstamos, tarjetas, Hacienda, recibos), el primer Salario Mínimo es inembargable en todos los casos.

¿Y si me ingresan la nómina en el banco, también está protegida?

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Sí. La parte inembargable de tu salario sigue protegida cuando se ingresa en tu cuenta. Si el banco o un acreedor bloquea dinero que es nómina inembargable, puedes reclamar que se levante ese embargo sobre la cantidad protegida. No necesitas sacar el dinero en efectivo para protegerlo.

¿Tener hijos reduce lo que me embargan?

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Puede. El artículo 607 permite al juez aplicar una rebaja de entre el 10 % y el 15 % sobre los porcentajes de embargo por cargas familiares. No es automático: conviene alegarlo y acreditar las personas a tu cargo durante el procedimiento.

¿Cómo dejo de tener embargos del todo?

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Conocer el límite te protege, pero no elimina la deuda ni el embargo. Para que cesen de verdad hay que resolver la deuda: que prescriba, anularla si es abusiva, o cancelarla con la Ley de Segunda Oportunidad, que paraliza los embargos durante el procedimiento y los extingue al exonerar las deudas. El test de viabilidad te dice gratis si tu caso encaja.
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